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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL c/ CARANA, MARIA TERESA DEL VALLE SANDRA s/EJECUCION FISCAL ? MINISTERIO DE TRABAJO

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social promovió ejecución fiscal contra una deudora. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia y ordenó regular los honorarios de la letrada del Ministerio conforme a la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales de Abogados.

Multa Ley 27 423 Honorarios profesionales Ejecucion fiscal Afip Ministerio de trabajo


¿Quién es el actor?

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

¿A quién se demanda?

Carana, María Teresa del Valle Sandra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de multa impuesta firme por $ 244.335,20, más intereses y costas

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la regulación de honorarios de la letrada del Ministerio, ordenando que se regulen conforme a la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales de Abogados y no según las pautas de la AFIP. La Cámara consideró que las normas de la AFIP citadas por el juez de primera instancia (Resolución 85/00, Disposición 276/08 y 220/2016) son de aplicación interna a los agentes fiscales de dicho organismo, pero no son aplicables a la letrada del Ministerio de Trabajo que interviene en el presente juicio. Por lo tanto, corresponde regular los honorarios según la legislación general de honorarios profesionales, es decir, la Ley 27.423.

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