CHAVES, VIVIANA MARIA c/ A.N.S.E.S. s/HABER MÍNIMO GARANTIZADO
La actora reclamó el pago del haber mínimo garantizado por el Estado. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES reconocer el derecho y abonar las diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La señora Viviana María Chaves promovió acción de amparo contra la ANSES solicitando el pago del haber mínimo garantizado por el Estado, dado que el beneficio que percibía por su renta vitalicia previsional era inferior a dicho mínimo. El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a la ANSES dictar una nueva resolución reconociendo el derecho a percibir las diferencias entre la renta vitalicia y el haber mínimo, con el pago de los retroactivos desde dos años previos al reclamo administrativo. La ANSES apeló el fallo, alegando que la actora había decidido voluntariamente contratar la renta vitalicia y que no correspondía dirigir la demanda contra la ANSES. También cuestionó el deber de integrar el haber mínimo. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que el reclamo de la prestación mínima garantizada por el Estado es una obligación que corresponde a la ANSES, más allá de la opción previsional elegida por la actora. Citó jurisprudencia de la CSJN que establece que no debe desconocerse derechos previsionales ni privar al beneficiario del ingreso mínimo que asegura sus condiciones básicas de subsistencia.
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