BELTRAMO, HIRMA LUCIA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
Beneficiaria de Renta Vitalicia Previsional reclama diferencia con Haber Mínimo Garantizado. Cámara Federal confirma sentencia que ordena a ANSES reconocer el pago de la diferencia.
- Actora: Hirma Lucía Beltramo
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declarar inconstitucionalidad del art. 125 de la Ley 24.241 y ordenar a ANSES integrar las sumas necesarias para que el beneficio que percibe la actora alcance el mínimo garantizado vigente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Sostiene que la seguridad social es un derecho humano fundamental que el Estado debe organizar, y que la garantía del haber mínimo debe prevalecer independientemente del régimen previsional elegido por el beneficiario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No puede dejar de ponderarse que la seguridad social es un derecho humano fundamental que el Estado se ha obligado a organizar, por medio de leyes reglamentarias, conforme lo establecen el 14 bis y el artículo 75 inciso 23 de la Constitución Nacional. Y que en igual línea de pensamiento, se ha sostenido que la garantía del Estado a un haber mínimo "... debe prevalecer cualquiera sea la opción realizada...", porque "... no puede existir normativa que castigue al reclamante a percibir una suma que no constituya una cobertura suficiente a la contingencia porque se vulnera el texto del art. 14 CN…"."
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