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CORDOBA, ALICIA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La titular de un beneficio previsional demandó a la ANSES por reajustes por movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo del haber inicial.

Costas Movilidad Reajuste Anses Ley 24 241 Beneficio previsional Ley 27 260 Ley 26 417 Isibic

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Alicia del Carmen Córdoba, es titular de un beneficio previsional obtenido el 23 de diciembre de 2013 bajo la Ley N° 24.241, habiendo efectuado aportes mixtos. Oportunamente solicitó en sede administrativa el reajuste de su haber, pedido que fue desestimado por la ANSES. En la sentencia apelada, el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba admitió la procedencia de la acción contra la ANSES y ordenó el recálculo y reajuste del haber previsional. La ANSES apeló la sentencia, cuestionando las pautas brindadas por el juzgador para la determinación del haber inicial conforme la doctrina establecida por la CSJN en el fallo "Elliff". Solicitó la aplicación del índice combinado dispuesto en la Ley N° 27.260 y se quejó de la imposición de costas. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia apelada. Respecto a la actualización de las remuneraciones, señaló que corresponde aplicar el I.S.B.I.C. hasta febrero de 2009 y luego las pautas de la Ley 26.417. En cuanto a las costas, indicó que resulta de aplicación el régimen general previsto en el CPCCN, confirmando lo resuelto en primera instancia.

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