D S, J C Y OTROS c/ UNION PERSONAL (OBRA SOCIAL) s/PRESTACIONES MEDICAS
La obra social demandada apeló la imposición de astreintes por incumplimiento de la medida cautelar que ordenaba la cobertura de prestaciones médicas para una menor. La Cámara Federal confirmó la aplicación de las astreintes ante la reiterada negativa de la obra social a cumplir la orden judicial.
- Actores: D.S., J.C. y otros
¿A quién se demanda?
Unión Personal (Obra Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de prestaciones médicas (transporte, psicología, neurokinesiología, terapia ocupacional, acompañante terapéutico) para una menor con discapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la aplicación de astreintes a la obra social por incumplir reiteradamente la medida cautelar que ordenaba brindar las prestaciones. Señaló que los trámites administrativos internos de la obra social no pueden ser un obstáculo para demorar la cobertura efectiva, afectando el derecho a la salud de la menor.
Fundamentos principales:
- Las astreintes son sanciones económicas para hacer efectivas las decisiones judiciales frente a la renuencia injustificada de sus destinatarios.
- Para aplicar astreintes no basta solo el incumplimiento, sino que debe haber una conducta imputable al sujeto a título de dolo o culpa.
- En el caso, la obra social fue reiteradamente intimada a cumplir la medida cautelar, pero se limitó a alegar cuestiones administrativas internas sin proveer efectivamente la cobertura, lo que constituye una actitud reticente injustificada.
- El derecho de acceso a la salud de la menor no puede postergarse indefinidamente por demoras administrativas de la obra social.
Voto en disidencia: No hubo.
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