LUCERO, ANGELICA CIRILA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora promovió demanda contra ANSES por reajuste por movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia y reguló los honorarios de la letrada de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Angelica Cirila Lucero inició una demanda contra la ANSES reclamando el reajuste por movilidad de su prestación previsional. El Juez Federal de Primera Instancia N°2 de Córdoba hizo lugar a la demanda. ANSES apeló esa sentencia y la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala A, modificó parcialmente lo resuelto en primera instancia. En lo que respecta a los honorarios de la letrada de la actora, Dra. Milano Virginia Sayavedra, la Cámara los reguló en el 35% de lo fijado en primera instancia, conforme lo dispuesto por el art. 30 de la Ley N° 27.423. La Cámara señaló que los honorarios se regularon de manera justa y equitativa, de conformidad a la labor desempeñada por la letrada y al éxito obtenido en la apelación.
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