N, V L c/ OMINT S.A. s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad
La actora promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social OMINT S.A. brindar cobertura del 100% de los tratamientos de reproducción asistida de alta complejidad. La Cámara Federal de Córdoba, Sala B, confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo.
¿Quién es el actor?
V.L.N.
¿A quién se demanda?
OMINT S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura del 100% de los tratamientos de reproducción asistida de alta complejidad (FIV-ICSI) con ovodonación.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la acción de amparo y se ordena a OMINT S.A. brindar la cobertura requerida.
Fundamentos principales:
- La ley 26.862 garantiza el acceso integral a los procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida, que deben ser cubiertos por las obras sociales y prepagas.
- El derecho a la salud reproductiva y a formar una familia son derechos humanos reconocidos constitucionalmente.
- La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la prohibición de técnicas de reproducción asistida viola derechos como la vida privada, la autonomía reproductiva y el acceso a los beneficios del progreso científico.
- La actora padece subfertilidad y el tratamiento de FIV con ovodonación es el único medio para lograr el embarazo deseado.
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