RODRIGUEZ, EMILIO G. c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió demanda para que se ordene a ANSES el pago del haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia y otorgó el beneficio con retroactividad desde los dos años anteriores a la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Emilio Gerardo Rodriguez demandó a ANSES para que le garantice el haber mínimo previsto en la Ley 24.241. El Juez de Primera Instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSES a abonar la diferencia entre el haber que percibe y el mínimo legal, con retroactividad desde la interposición de la demanda.
La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia. Declaró extemporáneo el recurso de apelación de ANSES por haberlo interpuesto fuera del plazo de 48 horas previsto en la Ley 16.986. Respecto al reclamo de retroactividad, la Cámara ordenó el pago desde los dos años anteriores a la demanda o reclamo administrativo, si lo hubiere. Finalmente, aumentó el monto de los honorarios de la letrada de la parte actora.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El plazo de 48 horas para apelar en el amparo corre de forma continua, por lo que el recurso de ANSES fue extemporáneo.
- Corresponde retroactividad desde los dos años previos a la demanda o reclamo, conforme el art. 82 de la Ley 18.037.
- Los honorarios deben regularse ponderando el resultado favorable obtenido, con un mínimo de 20 UMA.
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