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CIA ARGENTINA DE GRANOS S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - AFIP s/MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la medida cautelar que suspendió la intimación de pago de intereses por anticipos del Impuesto a las Ganancias a la Compañía Argentina de Granos S.A. por considerar que la cuestión se había vuelto abstracta.

Intereses resarcitorios Impuesto a las ganancias Abstraccion de la cuestion Anticipos Medida cautelar autonoma


¿Quién es el actor?

Compañía Argentina de Granos S.A. (CAGSA)

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

CAGSA solicitó una medida cautelar autónoma para suspender los efectos de una intimación de pago de intereses resarcitorios por $741.317.894,10 correspondientes a los anticipos 1, 2 y 3 del Pago a Cuenta Extraordinario del Impuesto a las Ganancias establecido por la RG 5391/2023.

¿Qué se resolvió?

El Juzgado Federal de Río Cuarto hizo lugar a la medida cautelar. La AFIP apeló dicha resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara Federal declaró abstracto el tratamiento del recurso de apelación, ya que la vigencia de la medida cautelar había caducado automáticamente al notificarse la resolución administrativa que agotó la vía administrativa.
- Citaron jurisprudencia de la CSJN sobre la subsistencia de los requisitos jurisdiccionales y la abstracción de la cuestión cuando las circunstancias sobrevinientes tornan inoficiosa la decisión pendiente.
- Impusieron las costas por el orden causado y regularon honorarios del letrado de la actora en 35% de lo dispuesto en la instancia anterior.

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