BRUNT, ENRIQUE RAINERO c/ ENA - MINISTERIO DE DEFENSA s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
El actor promovió demanda por pensión graciable y vitalicia de la Ley 24.310, subsidio extraordinario de la Ley 22.674 e indemnización prevista en la Ley 19.101. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó parcialmente la sentencia y ordenó el pago de la pensión graciable y el subsidio extraordinario.
¿Quién es el actor?
Enrique Raniero Brunt
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Defensa
- Estado Mayor General del Ejército)
- Objeto de la demanda: Pago de pensión graciable y vitalicia de la Ley 24.310, subsidio extraordinario de la Ley 22.674 e indemnización prevista en la Ley 19.101
- Decisión del tribunal:
- Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación del actor.
- Se ordena el pago de la pensión graciable y vitalicia de la Ley 24.310 con retroactividad desde abril de 2007, incluyendo los adicionales transitorios de los decretos 2769/93, 1104/05 y 1305/12.
- Se ordena el pago del subsidio extraordinario de la Ley 22.674 sin intereses retroactivos al 2/4/1982.
- Se confirma el rechazo de la indemnización de la Ley 19.101.
- Se modifica la imposición de costas, correspondiéndole un 80% a la demandada y un 20% a la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El actor efectuó reclamo administrativo previo el 17/4/2012, por lo que procede el reconocimiento de la pensión graciable desde abril de 2007.
- No se acreditó el pago efectivo del subsidio extraordinario de la Ley 22.674, por lo que corresponde ordenar su pago, pero sin intereses retroactivos al 2/4/1982.
- La indemnización de la Ley 19.101 constituye un pago único, sin reconocimiento de intereses.
- La imposición de costas se adecua al resultado parcialmente favorable de la apelación.
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