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S. , T. Y OTRO c/ AMUR (ASOCIACION MUTUAL RURALISTA) s/AMPARO LEY 16.986

Afiliados a distintas obras sociales demandan cobertura integral de tratamiento de fertilización asistida. La Cámara Federal confirma la obligación concurrente de las obras sociales de brindar la prestación.

Derecho a la salud Obligaciones concurrentes Obras sociales Accion de amparo Cobertura de tratamiento de fertilidad asistida Derecho a formar una familia

Obtener la cobertura integral, incluyendo todos los gastos, para un tratamiento médico de fertilidad asistida de alta complejidad (ICSI).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a las obras sociales brindar la cobertura integral del tratamiento en forma concurrente. La Cámara consideró que si bien los actores están afiliados a diferentes obras sociales, dado que se trata de un tratamiento único y que el derecho a la salud se conecta con el derecho a formar una familia, todas las obras sociales están obligadas a otorgar la prestación en forma integral, sin perjuicio de las acciones de repetición que puedan entablar entre sí. Esto se fundamenta en la normativa sobre obligaciones concurrentes.

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