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DI COLA, MARIO EDUARDO c/ A.N.S.E.S. s/EJECUCIÓN PREVISIONAL

La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia que ordenó el pago de una pensión previsional, y ordenó la reformulación de la liquidación teniendo en cuenta observaciones formuladas por el Contador Judicial.

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Ejecución previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que había aprobado la liquidación presentada por el perito contador, y ordenó su reformulación teniendo en cuenta las observaciones del contador del tribunal sobre diferencias en los cálculos. También dejó sin efecto la regulación de honorarios y dispuso que las costas de ambas instancias se impongan en el orden causado. El tribunal señaló que el perito contador advirtió que la pericia aprobada por el juez de primera instancia contenía un error en la aplicación de los componentes del haber jubilatorio, y que también surge de los escritos de apelación liquidaciones por diferentes montos, lo que impide verificar la validez de las planillas. Por ello, revocó la sentencia y ordenó la reformulación de la liquidación. En relación a las costas, el tribunal dejó sin efecto la imposición de costas a la demandada realizada en primera instancia, y las impuso en el orden causado, en concordancia con la jurisprudencia declarando la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463.

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