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RAMIREZ, FLORINDA EUCEBIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba regula los honorarios de la apoderada de la actora en un 30% de lo establecido en primera instancia, con más intereses.

Honorarios Apelacion Regulacion de honorarios Seguridad social Reajuste de prestacion


¿Quién es el actor?

Florinda Eucebia Ramirez

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba reguló los honorarios de la abogada apoderada de la actora en un 30% de lo establecido en la sentencia de primera instancia, con más intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Corresponde determinar los honorarios de la apoderada de la actora por su trabajo ante la Cámara de Apelaciones, consistente en la contestación del recurso de apelación interpuesto por ANSES contra la sentencia de primera instancia.
- Se estima justo y equitativo fijar los honorarios en el 30% de lo regulado en primera instancia, de conformidad a la labor desempeñada y al éxito obtenido.
- Esto se resuelve en base a lo dispuesto por la ley 21.839 vigente al momento de las tareas, y la jurisprudencia de la Corte Suprema que señala que los trabajos profesionales se constituyen en la oportunidad en que se los realiza, más allá de la época de la regulación.
- Además, se deben adicionar los intereses de la tasa pasiva promedio publicada por el BCRA desde que son debidos y hasta su efectivo pago.

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