FABRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIG. SAN MARTIN S.A. c/ A.F.I.P. - D.G.A. s/APELACION MULTAS
La Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A. apeló la multa impuesta por la AFIP-DGA. La Cámara Federal modificó la sentencia y declaró habilitada la instancia.
¿Quién es el actor?
Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
¿A quién se demanda?
AFIP-DGA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apelación de multa administrativa
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó la decisión del juez de primera instancia que había declarado la improcedencia de la demanda por extemporánea. La Cámara consideró que, si bien la parte actora cometió un error al adjuntar la demanda al correo electrónico antes de cargarla al sistema judicial, ello no debe dar lugar al rechazo de la acción por rigorismo formal, teniendo en cuenta las garantías de la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa. Por lo tanto, declaró habilitada la instancia y ordenó que la causa continúe según su estado. Fundamentos relevantes: "Ahora bien, a la luz de la Garantía de la Tutela Judicial Efectiva y el Derecho de Defensa en juicio (art. 8.2 y 25 de la Convención Americana de los DDHH y art. 18 de nuestra Constitución Nacional), la decisión del Juez de primera instancia trasunta un excesivo rigorismo formal que desnaturaliza aquellas garantías de rango superior ya que la conducta de la parte actora, demostró la intención de adjuntar la demanda desde el primer momento procesal." "Autorizada doctrina, ha sostenido que la invasión del formato electrónico en la vida judicial exige replantear las exigencias que deben satisfacer los actos procesales realizados bajo estos novedosos parámetros tecnológicos, pero, asimismo, invita a extremar los recaudos de estas nuevas reglas de actuación, evitando caer en simplismos, vaguedades o analogías incompatibles, que se traduzcan en menoscabo de garantías constitucionales."
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