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LEYRIA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando la aplicación de los criterios jurisprudenciales para el recálculo del haber inicial.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Ley 26 417 Reajuste de haber previsional Isbic Topes previsionales Precedente barrios

Reajuste de haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando:
- Aplicar el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) hasta febrero de 2009 y luego la Ley 26.417 para actualizar las remuneraciones.
- Aplicar el precedente "Barrios" para el reajuste, en la etapa de ejecución de sentencia.
- Confirmar la constitucionalidad de los topes establecidos, siempre que no superen el 15% del haber.
- Confirmar la aplicación del impuesto a las ganancias conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Imponer las costas de segunda instancia a la demandada.

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