GALAN, LUISA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajuste de su habilidad previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando recalcular el haber inicial conforme los criterios establecidos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Luisa del Carmen Galán, es titular de un beneficio previsional obtenido bajo el régimen de la Ley 24.241. Solicitó administrativamente el reajuste de su haber, pedido que fue desestimado por ANSES. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó que para la actualización de las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se utilice el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), y a partir de allí y hasta la fecha de adquisición del derecho, se apliquen las pautas fijadas por la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas. Respecto a la movilidad, la Cámara reiteró su postura sobre la aplicación de la Ley 26.417, por sobre la Ley 27.426. También confirmó la exención del Impuesto a las Ganancias, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En cuanto a las costas, se impusieron a la demandada perdidosa, de conformidad con el régimen general previsto en el CPCCN.
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