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RIVERA, MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia y dispuso que la actualización de las remuneraciones se haga conforme al ISBIC y la Ley 26.417.

Seguridad social Badaro Ley 26 417 Reajuste de haberes previsionales Isbic


¿Quién es el actor?

María del Carmen Rivera

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso que la actualización de las remuneraciones devengadas se realice según el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) hasta febrero de 2009 y luego conforme a la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas. Confirmó lo demás decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que la cuestión ya ha sido analizada en varios precedentes, ratificando la aplicación del índice ISBIC y la Ley 26.417 para la actualización. Respecto a la aplicación del precedente "Badaro", remitió a otros fallos donde se había tratado el tema.

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