HEREDIA, SILVIA ROSANA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La actora apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que determinó que su incapacidad no alcanzaba el mínimo legal. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el dictamen al tener por desistido el recurso de la actora por su incomparecencia a la pericia ordenada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Silvia Rosana Heredia, promovió demanda contra ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de retiro por invalidez previsto en el artículo 49 inciso 4 de la Ley 24.241. La Comisión Médica Central determinó que la incapacidad de la recurrente no alcanzaba los valores mínimos establecidos en la ley. La actora apeló dicho dictamen. Sin embargo, ante la incomparecencia de la recurrente a la pericia médica ordenada por el tribunal y la falta de presentación de la documental médica solicitada, la Cámara Federal de Apelaciones tuvo por desistido el recurso de apelación, confirmando en consecuencia el dictamen de la Comisión Médica Central. La Cámara señaló que la conducta omisiva de la accionante impidió al tribunal contar con la opinión del facultativo médico y evaluar la justificación del cuestionamiento al dictamen de la Comisión Médica. Por ello, correspondía tener por firme el dictamen impugnado, sin perjuicio de la facultad de la interesada de solicitar eventualmente la reapertura del proceso. En cuanto a las costas, la Cámara las impuso en el orden causado, difiriendo la regulación de honorarios.
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