MARQUEZ JOSE ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor presentó demanda por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES a determinar el haber inicial del jubilado y reajustarlo conforme la doctrina de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor (fallecido) era titular de un beneficio previsional obtenido en 1999 bajo la Ley 24.241. Reclamó administrativamente el reajuste de su haber, lo que fue denegado por la ANSES. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la demanda. En relación a la actualización de las remuneraciones, el tribunal aplicó el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) conforme la doctrina de la Corte Suprema en "Elliff". Respecto a la movilidad, se remitió a los precedentes "Badaro" y "Gaspar" de la Cámara, confirmando la decisión apelada. Sobre las costas, se declaró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463, por lo que se aplicó el régimen general del CPCCN, confirmando su imposición a la demandada. Las costas de segunda instancia se fijaron por su orden.
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