O.S.T.E.P. c/ SAN PATRICIO S.R.L. s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO
El actor promovió demanda por cobro de pesos. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia y reguló los honorarios del abogado de la parte demandada por las tareas de ejecución de sentencia.
¿Quién es el actor?
O.S.T.E.P.
¿A quién se demanda?
San Patricio S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la regulación de honorarios solicitada por el abogado de la parte demandada. La Cámara reguló los honorarios del abogado de la parte demandada en 3,51 UMA por las tareas de ejecución de sentencia y 1,23 UMA por las tareas en la alzada, a cargo de la parte actora.
Fundamentos principales:
- La Ley 27.423 prevé que en la etapa de ejecución de sentencia, las regulaciones de honorarios se practican aplicando la mitad de la escala del artículo 21, sin otras reducciones.
- Las labores de contestación a la impugnación de planilla de liquidación deben ser entendidas como una excepción dentro del procedimiento de ejecución y, por ende, no corresponde su reducción.
- Las costas de la alzada deben imponerse en el orden causado por la naturaleza de la cuestión debatida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: