SOSA DEL RIO, JORGE ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió demanda por reajustes en su haber previsional por movilidad. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó en líneas generales la sentencia de primera instancia, con algunas aclaraciones y precisiones.
Reajuste del haber previsional por movilidad
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia, con algunas precisiones sobre la metodología de cálculo del haber inicial. Se difiere el planteo de inconstitucionalidad de la Ley N° 27.541 para la etapa de liquidación. Se desestima el agravio sobre la aplicación del precedente "Badaro".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara confirma la aplicación del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones hasta febrero de 2009, y luego la Ley 26.417.
- Respecto al precedente "Barrios", se confirma lo resuelto en primera instancia debiendo analizarse su aplicación en la etapa de ejecución.
- Se comparten los criterios de la CSJN sobre la constitucionalidad del tope del art. 9 de la Ley 24.241 ("Gualtieri").
- El planteo de inconstitucionalidad de la Ley N° 27.541 se difiere para la etapa de liquidación por falta de elementos para determinar la merma en el haber.
- Se confirma la aplicación de la jurisprudencia de la CSJN sobre el Impuesto a las Ganancias ("García").
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