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MARIANACCI, LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el recálculo y reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia al ordenar aplicar la fórmula de movilidad de la Ley 26.417 para marzo de 2018, y diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.541 para la etapa de liquidación.

Inconstitucionalidad Jubilacion Movilidad Reajuste Ley 24 241 Ley 27 541 Ley 26 417 Ley 27 426

Recálculo y reajuste del haber jubilatorio del actor

¿Qué se resolvió?


- Se declara desierto el recurso de apelación interpuesto por ANSES.
- Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia:
- Se declara inaplicable la Ley 27.426 para los haberes de marzo 2018, debiendo aplicarse la Ley 26.417.
- Se difiere para la etapa de liquidación el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y los decretos dictados en consecuencia sobre movilidad jubilatoria.
- Se difiere para la etapa de liquidación la determinación de la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241.
- Se imponen las costas de la alzada en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Sobre la aplicación de la Ley 27.426: La Cámara reproduce los argumentos expuestos en precedentes sobre la aplicación de la Ley 26.417 para la movilidad de marzo 2018.
- Sobre la inconstitucionalidad de la Ley 27.541: La Cámara considera que no hay elementos suficientes en esta etapa para determinar la afectación de los haberes y la inconstitucionalidad, por lo que difiere el tratamiento para la etapa de liquidación.
- Sobre los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241: La Cámara remite a lo resuelto por la CSJN en "Gualtieri" sobre la protección del esfuerzo contributivo.

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