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TELLO, MARIA ANTONIETA c/ A.N.S.E.S. s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSES por reajuste de haber de pensión directa. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Costas Impuesto a las ganancias Reajuste de haberes Isbic Inconstitucionalidad ley 27 541 Pension directa


- Actora: María Antonieta Tello

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial de la pensión directa de la actora

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, ordenando a ANSES que recalcule y reajuste el haber inicial de la pensión directa de la actora, sin retención de ganancias, conforme a los precedentes jurisprudenciales indicados. Difirió el tratamiento de lo dispuesto en las leyes 27.426 y 27.541 para la etapa de liquidación. En relación a la aplicación del RIPTE en lugar del ISBIC indicado por la CSJN en "Elliff", la Cámara confirmó la sentencia, estableciendo que corresponde fijar la actualización de las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 conforme el ISBIC, y a partir de allí y hasta la fecha de adquisición del derecho, las pautas de la Ley 26.417. Respecto a la retención del Impuesto a las Ganancias, la Cámara siguió la doctrina de la CSJN en "García, María Isabel" y confirmó la exención dispuesta. En cuanto a la impugnación de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y decretos, la Cámara remitió a sus precedentes en "Romero, Patricia Noemi" y "Benatti, Victor Hugo", difiriendo su tratamiento para la etapa de liquidación. Finalmente, la Cámara confirmó la imposición de costas a la demandada.

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