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NAVARRETE, MARIELA c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

La actora promovió demanda por el reconocimiento y pago del Suplemento por Riesgo previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y ordenó el pago retroactivo del suplemento desde dos años anteriores al reclamo administrativo.

Retroactividad Reclamo administrativo Personal no docente Suplemento por riesgo Convenio colectivo de trabajo 366 06 Universidad nacional de cordoba


¿Quién es el actor?

Mariela Navarrete

¿A quién se demanda?

Universidad Nacional de Córdoba

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento y pago del Suplemento por Riesgo previsto en el art. 71 del CCT 366/06

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando el pago retroactivo del suplemento desde dos años anteriores al reclamo administrativo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora realiza tareas riesgosas de extracción de sangre, transfusión y diálisis, que implican riesgo para su salud.
- Existe personal que realiza tareas similares y percibe el suplemento, por lo que la falta de inclusión de la actora no se debe a las tareas que realiza sino a decisiones internas de la Universidad.
- La Universidad no arbitró los medios para determinar qué funciones se consideran riesgosas y perciben el suplemento, perjudicando a la trabajadora que viene reclamando desde hace más de 10 años.
- Corresponde el reconocimiento retroactivo del suplemento desde 2 años anteriores al reclamo administrativo, que se inició en 2010.

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