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Incidente Nº 1 - ACTOR: ELISSAMBURU, LUIS ALBERTO Y OTRO DEMANDADO: ESTADO NACIONAL Y OTRO s/INCIDENTE

Recusación por parte de actores contra Juez Federal N°2 de Córdoba. La Cámara Federal ordena la prosecución de la causa ante el Juzgado Federal N°3 con celeridad.

Tutela judicial efectiva Juez natural Diferencia de haberes Recusacion sin causa Adicional fuerzas armadas y de seguridad

cobro de diferencia de haberes por no inclusión de adicional creado por decreto 463/17

¿Qué se resolvió?

Se admite la recusación sin causa interpuesta por los actores contra el Juez Federal N°2, debiendo tramitarse la causa ante el Juzgado Federal N°3 con celeridad. Se destaca la demora excesiva en el trámite que afecta el derecho a la tutela judicial efectiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La recusación sin causa es un instituto excepcional que debe interpretarse de forma restrictiva, limitándose el juez a analizar los aspectos formales de su admisibilidad.
- Habiéndose ejercido oportunamente la recusación sin causa por los actores, el Juez Federal N°2 debía apartarse sin realizar valoraciones de fondo.
- El extenso tiempo transcurrido desde la interposición de la demanda (6 años) afecta el derecho a la tutela judicial efectiva, siendo atribuible tanto al Juez Federal N°2 como a la letrada apoderada de los actores.

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