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AMAYA SOSA, CAROLA ALEJANDRA c/ ANSES s/PENSIONES

La viuda reclamó pensión por fallecimiento de su cónyuge, pese a no cumplir con los requisitos de regularidad en aportes. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció al causante como aportante irregular con derecho a pensión.

Proporcionalidad Pension por fallecimiento Decreto 460 99 Aportante irregular con derecho Tarditti Pinto


¿Quién es el actor?

Carola Alejandra Amaya Sosa (viuda)

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de pensión por fallecimiento del cónyuge

¿Qué se resolvió?

Se confirma sentencia que hace lugar a la demanda, reconociendo al causante como aportante irregular con derecho a pensión. El Tribunal analizó que si bien el causante no cumplía los requisitos del Decreto 460/99 para ser considerado aportante regular o irregular con derecho, contaba con 11 años y 6 meses de aportes discontinuos como peón rural, lo que representa más del 50% de los años de servicio exigidos. Siguiendo la doctrina de los precedentes "Tarditti" y "Pinto" de la CSJN, corresponde reconocer al causante como aportante irregular con derecho y, en consecuencia, el derecho de la viuda a acceder al beneficio de pensión directa.

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