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GILLI, MARILENA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y fijó los criterios de cálculo del haber inicial.

Costas Seguridad social Reajuste de haberes Ley 24 463 Ley 26 417 Isbic

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES recalcular el haber de acuerdo a los criterios fijados. Se rechazó el pedido de reajuste, pero se impusieron las costas por su orden. La Cámara señaló que corresponde fijar la actualización de las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 conforme al ISBIC, y a partir de allí según la Ley 26.417, descontando las actualizaciones previas. Además, el haber redeterminado no podrá exceder los porcentajes dispuestos por las leyes de fondo (conforme "Villanustre"). En cuanto a las costas, la Cámara las impuso por su orden, aplicando el régimen general del CPCCN al declarar la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463.

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