C, J M c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION - PROGRAMA CANNABIS LEY 27350 s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo ante el silencio del Ministerio de Salud para inscribirlo en el Registro del Programa de Cannabis. La Cámara Federal revocó el rechazo liminar y ordenó dar trámite a la acción.
Solicitud de inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) ante el silencio de la Administración, lo que afecta su derecho a la salud.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó el rechazo liminar del amparo dictado por el juez de primera instancia, ordenando dar trámite a la acción. Consideraron que el silencio de la Administración configura una omisión objetable respecto del derecho a peticionar, más aún cuando está en juego el derecho a la salud y el acceso a la medicación de cannabis.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No escapa al presente análisis que el amparista ha solicitado ante esta Alzada la inconstitucionalidad de la Resolución N° 3132/2024 del Ministerio de Salud. Esta Reglamentación es la que invoca el Juez de Primera instancia para rechazar el amparo y que resulta posterior a la solicitud de inscripción en el REPROCANN efectuada por el actor." Por ello, corresponde revocar el rechazo liminar y ordenar el trámite de la acción de amparo.
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