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MARTINEZ, JULIO CESAR c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT)- E.N. s/DIFERENCIAS SALARIALES

El actor reclamó diferencias salariales por los conceptos de Bonificación Anual por Eficiencia (BAE) y Pasajes. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el reconocimiento de estos rubros y la aplicación de la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de los intereses.

Intereses moratorios Diferencias salariales Convenio colectivo de trabajo Pasajes Bonificacion anual por eficiencia bae

Diferencias salariales por los conceptos de Bonificación Anual por Eficiencia (BAE) y Pasajes

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se reconoció el derecho al cobro del BAE y Pasajes, con aplicación de la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El BAE está previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT 36/75) y su procedencia no está sujeta a la decisión unilateral de la empleadora.
- El rubro Pasajes también está contemplado en el CCT y su otorgamiento no depende de la acreditación del viaje.
- La aplicación de la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de intereses es una pauta objetiva de legítimo resarcimiento.

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