GOMEZ, CARLOS MARCELO c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT)- EN s/DIFERENCIAS SALARIALES
El actor promovió demanda por diferencias salariales contra su empleador YCRT. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el reconocimiento de la Bonificación Anual por Eficiencia (BAE) y del pago de pasajes, modificando la sentencia de primera instancia.
Diferencias salariales, incluyendo bonificación anual por eficiencia (BAE), pasajes, y otros conceptos
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el reconocimiento del rubro BAE, considerando que se trata de un beneficio pactado en el Convenio Colectivo de Trabajo, y también confirmó el pago de los pasajes. Rechazó los demás rubros reclamados. Aplicó la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de los intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el BAE es un beneficio pactado en el CCT y no una bonificación excepcional, por lo que correspondía su pago. Respecto de los pasajes, señaló que se trata de un beneficio reconocido en el CCT, sin necesidad de acreditar el viaje. En cuanto a los intereses, entendió que la tasa activa del Banco Nación era adecuada para recomponer el capital adeudado.
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