MARTINEZ, EMILIO OSCAR c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT)- EN s/DIFERENCIAS SALARIALES
El actor demandó diferencias salariales por el rubro Bonificación Anual por Eficiencia (BAE) y pasajes. La Cámara Federal confirmó el reconocimiento de dichos conceptos y la aplicación de la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de intereses.
Diferencias salariales por BAE y pasajes
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a YCRT abonar el rubro BAE y los pasajes, con más intereses a la tasa activa del Banco Nación. Se rechazaron otros rubros reclamados. El tribunal señaló que el rubro BAE se encuentra reconocido en la Convención Colectiva de Trabajo y su procedencia no está sujeta a la decisión unilateral de la empleadora. Respecto a los pasajes, indicó que es un beneficio que se abona a todos los trabajadores convencionados al inicio de la licencia anual. En cuanto a los intereses, consideró que la aplicación de la tasa activa del Banco Nación es adecuada dada la naturaleza alimentaria de los rubros reclamados.
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