MACHACA, CESAR DARIO c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT) E.N s/DIFERENCIAS SALARIALES
El trabajador reclamó diferencias salariales por bonificación anual y pasajes. La Cámara Federal confirmó el reconocimiento de esos rubros, aplicando la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de intereses.
Diferencias salariales por bonificación anual por eficiencia (BAE) y pasajes
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se condenó a YCRT a abonar a futuro el concepto BAE y los pasajes, con más intereses a la tasa activa del Banco Nación. Se rechazaron otros rubros reclamados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El BAE está reconocido en el Convenio Colectivo de Trabajo 36/75, sin que la empresa haya acreditado su inaplicabilidad. Por lo tanto, es un derecho adquirido.
- Los pasajes también están previstos en el CCT, sin necesidad de acreditar el viaje.
- Los intereses a la tasa activa del Banco Nación son procedentes dada la naturaleza alimentaria de los rubros.
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