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RASGIDO, GUSTAVO DANIEL c/ RADIO Y TELEVISION ARGENTINA S.E. s/DIFERENCIAS SALARIALES

El actor promovió demanda contra su empleador (Radio y Televisión Argentina S.E.) por despido incausado. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia y consideró que el despido por incompatibilidad de funciones estaba justificado.

Indemnizacion Sociedad del estado Incompatibilidad de funciones Regimen de incompatibilidades Despido incausado Empleado publico Multa art 80 lct


¿Quién es el actor?

Gustavo Daniel RASGIDO

¿A quién se demanda?

Radio y Televisión Argentina S.E. (RTA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido incausado

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda del actor. Fundamentos principales:
- RTA, como "Sociedad del Estado", está sujeta al régimen de incompatibilidades previsto en el Decreto 8566/61, que prohíbe a los empleados públicos desempeñar dos cargos simultáneamente.
- El actor omitió informar a RTA que tenía otro empleo en la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, lo cual configuró una conducta desleal e ilegítima que justificó el despido.
- Si bien la LCT rige la relación laboral, RTA también está sujeta a otras normas que regulan a las entidades de la administración pública, como la prohibición de acumulación de cargos.
- No correspondía aplicar una indemnización por despido incausado ni la sanción del art. 2 de la Ley 25.323, pero sí procede la multa del art. 80 de la LCT por incumplimiento en la entrega de documentación al trabajador despedido.

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