SANCCI, BRUNO c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PATAGONIA SAN JUAN BOSCO - FACULTAD DE HUMANIDADES Y CS SOCIALES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
El actor promovió demanda para revertir su suspensión preventiva en la universidad. La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto dicha suspensión, pero mantuvo vigente una nueva medida por hechos denunciados posteriormente.
¿Quién es el actor?
Bruno Sancci
¿A quién se demanda?
Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco (UNSJB)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revertir la suspensión preventiva dispuesta por la universidad en su contra.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto la suspensión dispuesta por la Resolución 450/19, al considerar que la universidad no cumplió con los plazos reglamentarios ni fundamentó adecuadamente la continuidad de la medida. Sin embargo, mantuvo vigente una nueva suspensión impuesta posteriormente por hechos denunciados de manera independiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Reglamento de Investigaciones Administrativas fija plazos máximos de 90 días para las suspensiones preventivas, prorrogables excepcionalmente. En este caso, la suspensión se extendió por más de 5 años sin resolución definitiva.
- La universidad no acreditó una necesidad fundada y proporcionada para mantener la suspensión de manera indefinida, incumpliendo el deber de diligencia en la sustanciación del sumario.
- No obstante, respecto de la nueva suspensión por hechos posteriores, la Cámara consideró que dicha medida no resultaba arbitraria o ilegal, al estar vinculada a una investigación penal en curso.
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