P., V. c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo contra la obra social por negativa de cobertura de un medicamento para su diabetes. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción de amparo.
¿Quién es el actor?
V. P.
¿A quién se demanda?
ASOCIACIÓN MUTUAL SANCOR SALUD
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtener cobertura integral (100%) del medicamento OZEMPIC SEMAGLUTIDA 0,25/0,50 mg. para el tratamiento de su diabetes tipo II.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción de amparo. Consideró que si bien la ley 23.753 ordena la cobertura del 100% de los medicamentos para diabetes, la Resolución 2820/2022 del Ministerio de Salud no incluye a la Semaglutida entre los medicamentos con cobertura del 100%, por lo que no pesa en cabeza de la obra social la obligación legal de proveerla. Por ello, no se advierte un accionar manifiestamente ilegal o arbitrario de la demandada.
Fundamentos relevantes:
- "Cabe señalar que los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas y cada una de las argumentaciones que pongan a consideración del Tribunal, sino tan solo en aquellas que sean conducentes para decidir el caso y que basten para dar sustento a un pronunciamiento válido".
- "La ley 23753, en su art. 5, 2do. párrafo, incorporado por la ley 26914, dispone que 'la cobertura de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol de los pacientes con diabetes, será del 100% (cien por ciento) y en las cantidades necesarias según prescripción médica'. Sin embargo, dicha cobertura queda supeditada a las normas que establezca el Ministerio de Salud de la Nación (art. 5, primer párrafo), organismo que por Resolución 2820/2022, actualizó las 'NORMAS DE PROVISION DE MEDICAMENTOS E INSUMOS PARA PERSONAS CON DIABETES', las que integran el Sistema de Prestaciones Médicas Obligatorias".
- "Ahora bien, más allá de la justificación médica respecto de los beneficios que la medicación le reporta a la amparista, lo cierto es que, tal y como sostiene la apelante, el Anexo I de dicha resolución no contempla la Semaglutida entre los medicamentos a los que otorga cobertura del 100%, por lo que no pesa en cabeza de la demandada la obligación legal de proveerla".
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