ACOMANDO, NORMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes de su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de ciertos topes y disposiciones legales en caso de acreditarse confiscatoriedad.
¿Quién es el actor?
Norma Acomando
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional inicial y por movilidad
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se rechaza la redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia, pero se admite el reajuste por aportes autónomos. Se declara la inconstitucionalidad de ciertos topes y disposiciones legales en caso de acreditarse confiscatoriedad. Se modifica la sentencia en cuanto a la actualización del tope previsto en la ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) El juez de primera instancia había hecho lugar parcialmente a la demanda, rechazando el pedido de redeterminación del haber inicial por los aportes en relación de dependencia. Esto se confirma por estar realizado conforme a la ley 27.426. 2) Respecto al reajuste por aportes autónomos, corresponde aplicar el procedimiento fijado por la CSJN en "Volonté" y "Makler", vinculando la renta por la cual se efectuaron los aportes con los haberes mínimos vigentes. 3) En relación a la actualización de la PBU, se establece que procede su reajuste en caso de acreditarse confiscatoriedad por la falta de actualización, utilizando la fórmula del texto original de la ley 24.241. 4) Sobre la movilidad del haber, se confirma lo resuelto por el juez de grado, que aplicó el precedente "Martínez" respecto a la ley 27.541. No se declara la inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.609. 5) Respecto a los topes, se declara la inconstitucionalidad de los arts. 26 de la ley 24.241 y 9 inc. 3 de la ley 24.463 en caso de acreditarse confiscatoriedad, pero se deja sin efecto la actualización del tope dispuesta por el juez de primera instancia por ser una decisión extra petita.
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