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E., O. R. c/ INSSJP-PAMI s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió un amparo contra el INSSJP-PAMI por diferencias en el pago de beneficios. La Cámara confirmó la liquidación ordenada en primera instancia, pero aclaró que los honorarios de la medida cautelar deben ser abonados por el actor.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El señor O. R. E. promovió un amparo contra el INSSJP-PAMI reclamando diferencias en el pago de ciertos beneficios. En primera instancia, se ordenó una liquidación a favor del actor, imponiéndose las costas a la demandada. La demandada apeló la resolución que aprobó dicha liquidación, argumentando que los honorarios del trámite de la medida cautelar deberían ser abonados por el actor, ya que la Cámara había revocado la cautelar en una resolución anterior, imponiendo sus costas al actor. La Cámara confirmó la liquidación ordenada, pero aclaró que los honorarios de la medida cautelar deben ser abonados por el actor, ya que si bien en la sentencia definitiva se impusieron las costas a la demandada, la imposición de costas de la cautelar recayó sobre el actor cuando la Cámara la revocó.

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