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G., A. B. c/ INSSJP - PAMI s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Nacional de Apelaciones confirma la sentencia que ordenó al INSSJP otorgar a la paciente la cobertura de radioterapia tipo IMRT indicada por los médicos tratantes.

Obra social Derecho a la salud Cobertura medica Amparo Radioterapia imrt


¿Quién es el actor?

A. B. G.

¿A quién se demanda?

INSSJP PAMI

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo para obtener cobertura de tratamiento de radioterapia IMRT

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó al INSSJP brindar a la amparista la cobertura total al 100% del tratamiento de radioterapia IMRT indicado por sus médicos. La Cámara consideró que:
- El silencio del INSSJP al no contestar el informe del art. 8 de la ley de amparo implica reconocer los hechos expuestos por la actora.
- Frente a la divergencia de criterios médicos, corresponde dar prevalencia al del médico tratante, quien conoce directamente a la paciente.
- La negativa infundada del INSSJP de otorgar el tratamiento IMRT prescripto obligó a la afiliada a acudir a la vía judicial, por lo que corresponde imponerle las costas.

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