C., J. P. c/ INSSJP s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo para obtener la cobertura de una cirugía oftalmológica. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, al considerar que la obra social demandada incurrió en una conducta arbitraria e ilegal al demorar la respuesta a la necesidad médica del afiliado.
¿Quién es el actor?
J.P.C., afiliado al INSSJP
¿A quién se demanda?
INSSJP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura de cirugía de reemplazo de endotelio corneal con técnica DSAEK en ojo izquierdo
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, ordenando al INSSJP otorgar la cobertura de la cirugía.
Fundamentos principales:
- El INSSJP no ofreció una alternativa adecuada y oportuna para atender la necesidad médica del afiliado, incurriendo en una conducta arbitraria e ilegal al demorar la respuesta.
- Las dilaciones injustificadas y el derrotero de trámites que el afiliado debió realizar contradicen lo establecido en las leyes 23.660, 23.661 y 19.032, que imponen al INSSJP el deber de brindar prestaciones de salud integrales, eficaces y oportunas.
- La razonabilidad de la judicialización del reclamo para preservar el derecho a la salud del actor se advierte de las constancias de la causa.
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