Sosa Zulema B C/mapfre Arg Art Sa S/ac Ley Esp
La trabajadora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la condena.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Fijó el monto de condena en $288.182,30, que devengará intereses al 12% anual desde la fecha del alta médica y hasta la intimación, y luego a la tasa activa del Banco Nación. Confirmó lo demás decidido en primera instancia.
Los fundamentos principales son:
- El perito médico concluyó que la actora tiene una incapacidad psicológica parcial y no permanente del 30% de la T.O., compatible con una neurosis depresiva. Por lo tanto, corresponde confirmar ese porcentaje de incapacidad.
- Corresponde aplicar la actualización por índice RIPTE prevista en el art. 17 inc. 6 de la Ley 26.773, pero no corresponde aplicar el art. 3 de dicha ley que establece una indemnización especial, por exceder lo dispuesto en la Ley 24.557.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar la tasa del 12% anual desde la fecha del alta médica y hasta la intimación, y luego la tasa activa del Banco Nación.
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