Nigro Abad Maria P C/colegio Santa Trinidad Sa S/desp
Trabajadora demandó por despido, y la Cámara del Trabajo confirmó la indemnización por embarazo y el carácter permanente del contrato.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
Fundamentos principales:
- La demandada no logró acreditar que el contrato de la trabajadora tenía carácter temporario o de suplencia, por lo que correspondía considerarlo de duración indeterminada.
- Correspondía mantener la indemnización agravada por embarazo prevista en el art. 182 LCT, dado que el despido se produjo durante el período de protección.
- También correspondía mantener la indemnización por estabilidad consagrada en el art. 181 LCT, ya que la ley no prohíbe la acumulación de ambas indemnizaciones.
- Los honorarios de los profesionales fueron considerados adecuados.
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