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Santillan Miguel E C/lumilagro Sacif S/desp

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

Recurso de apelacion Honorarios Despido Indemnizaciones Servicios eventuales Art 29 lct Certificacion de servicios


¿Quién es el actor?

SANTILLAN MIGUEL EDUARDO
- Demandados: LUMILAGRO S.A.C.I.F.; MMG CRF SERVICIOS EVENTUALES S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido La sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda fue apelada por ambas demandadas. La Cámara del Trabajo confirmó en lo sustancial la decisión de primera instancia. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- No se comprobaron las circunstancias fácticas que justificaran la contratación del actor a través de una empresa de servicios eventuales, por lo que correspondía aplicar el art. 29 LCT.
- Correspondía la indemnización prevista en el art. 8 Ley 24.013 y el art. 15 LNE, dado que el despido indirecto del actor estuvo justificado.
- Procedía la inclusión del SAC en las indemnizaciones.
- Se eximió a Lumilagro SA de la obligación de entregar la certificación de servicios y remuneraciones, debiendo ser expedida por MMG CRF Servicios Eventuales S.A.
- Se elevaron los honorarios de la representación letrada de la parte actora al 16% del monto total de capital e intereses de condena.

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