Escobar Leonardo Alberto C/ Asociart Art S.A S/accidente Acción Civil
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y elevó el monto de la indemnización ajustado conforme al índice RIPTE.
Accidente de trabajo
- Acción civil
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el capital de condena a $ 32.787,12, aplicando el ajuste por el índice RIPTE desde la fecha del accidente (marzo 2012) hasta septiembre 2014. También dispuso que se realice un nuevo ajuste a la fecha de la sentencia de segunda instancia cuando se publique el índice correspondiente. Además, redujo la tasa de interés aplicable.
Fundamentos relevantes:
- El art. 17 inc. 6 de la ley 26.773 dispone el ajuste de las prestaciones dinerarias por incapacidad permanente conforme al índice RIPTE desde el 1/1/2010, lo que resulta aplicable a las contingencias anteriores a la vigencia de dicha ley.
- La aplicación del RIPTE no implica retroactividad, sino la aplicación inmediata de la ley a relaciones jurídicas existentes.
- La solución más favorable al trabajador debe prevalecer, en atención a los principios de progresividad y no regresividad de los derechos sociales.
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