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Rodriguez Marcelo Sergio C/ Galeno Art S.A. S/ Accidente-ley Especial

El trabajador interpuso demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia para ajustar la actualización de las prestaciones por incapacidad permanente según el índice RIPTE.

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Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para ajustar las prestaciones por incapacidad permanente según el índice RIPTE, conforme lo dispuesto en el art. 17 inc. 6 de la Ley 26.773. La Cámara consideró que la aplicación del RIPTE es la solución más equitativa y adecuada para reparar el perjuicio del trabajador, sin afectar principios como la irretroactividad de la ley.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara analizó antecedentes jurisprudenciales propios y de la CSJN, que avalan la aplicación del RIPTE para actualizar las prestaciones anteriores a la Ley 26.773.
- Consideró que la finalidad de la Ley 26.773 es facilitar el acceso del trabajador a una reparación justa, rápida y plena, garantizando un mecanismo eficaz de tutela.
- Aplicó los principios de equidad, indemnidad, progresividad y la solución de la norma más favorable, que tienen jerarquía constitucional.
- Estableció la fecha de inicio de los intereses en 30 días desde el alta médica, y fijó una tasa de interés del 12% anual hasta la intimación de pago.

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