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Gonzalez Mario Lucio C/horizonte Compañía Argentina De Seguros Generales S.A. S/accidente Ley Especial

El actor inició demanda por accidente de trabajo y obtuvo una indemnización. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia elevando el capital de condena y ajustándolo por el índice RIPTE.

Intereses Incapacidad permanente Accidente de trabajo Indice ripte Norma mas favorable

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el capital de condena a $236.973,60 con ajuste por el índice RIPTE desde mayo 2012 hasta septiembre 2014. Además, ordenó el pago de intereses a una tasa del 12% anual desde el 25/07/2012 hasta la intimación de pago, y luego la tasa del Banco Nación hasta el efectivo pago. Confirmó el resto de lo decidido en primera instancia. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró aplicable el art. 17 inc. 6 de la Ley 26.773 que dispone el ajuste de las prestaciones dinerarias por incapacidad permanente según el índice RIPTE desde el 01/01/2010, al entender que dicha norma procura compensar la desactualización de los montos indemnizatorios.
- Aplicó los principios de progresividad y norma más favorable contemplados en tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional.
- Moderó la tasa de interés en atención a que el capital se determina mediante un índice de actualización.

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