Gonzalez Mario Lucio C/horizonte Compañía Argentina De Seguros Generales S.A. S/accidente Ley Especial
El actor inició demanda por accidente de trabajo y obtuvo una indemnización. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia elevando el capital de condena y ajustándolo por el índice RIPTE.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, elevando el capital de condena a $236.973,60 con ajuste por el índice RIPTE desde mayo 2012 hasta septiembre 2014. Además, ordenó el pago de intereses a una tasa del 12% anual desde el 25/07/2012 hasta la intimación de pago, y luego la tasa del Banco Nación hasta el efectivo pago. Confirmó el resto de lo decidido en primera instancia.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró aplicable el art. 17 inc. 6 de la Ley 26.773 que dispone el ajuste de las prestaciones dinerarias por incapacidad permanente según el índice RIPTE desde el 01/01/2010, al entender que dicha norma procura compensar la desactualización de los montos indemnizatorios.
- Aplicó los principios de progresividad y norma más favorable contemplados en tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional.
- Moderó la tasa de interés en atención a que el capital se determina mediante un índice de actualización.
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