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Acosta Silvia Raquel C/ Provincia Art S.A S/accidente Ley Especial

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el ajuste de la indemnización por incapacidad permanente según el índice RIPTE.

Intereses Honorarios Incapacidad permanente Accidente de trabajo Ley 26 773 Ripte Decreto 1694 09

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que admitió el reclamo, pero modificó la fecha de inicio de los intereses y el cálculo de la indemnización, ordenando su ajuste por el índice RIPTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Corresponde aplicar el "piso" indemnizatorio previsto en el Decreto 1694/09 y la actualización por RIPTE establecida en la Ley 26.773, por tratarse de prestaciones pendientes de pago.
- La aplicación de la Ley 26.773 no implica retroactividad sino aplicación inmediata, dado que las prestaciones aún no fueron satisfechas.
- Los intereses deben computarse a partir del alta médica, conforme la jurisprudencia.
- La regulación de honorarios realizada en primera instancia se considera adecuada.

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