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Rezzonico Jorge A C/obra Social Del Pers Telecomun Sind Bs As S/desp

El actor promovió demanda por despido incausado contra la Obra Social del Personal de Telecomunicaciones Sindicato Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del trabajador.

Locacion de servicios Contrato de trabajo Indemnizaciones laborales Despido incausado Primacia de la realidad Presuncion art 23 lct


¿Quién es el actor?

Jorge Alberto Rezzonico

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de Telecomunicaciones Sindicato Buenos Aires (OSPETELCO)
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones por despido incausado
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a las pretensiones del actor. Fundamentos principales:
- Se acreditó que el actor prestaba servicios como director médico bajo relación de dependencia, a pesar de la existencia de un contrato de locación de servicios. Prevalece el principio de primacía de la realidad.
- Los testimonios resultan contundentes y corroboran la existencia de una relación laboral subordinada.
- La demandada no logró desvirtuar la presunción de existencia de contrato de trabajo prevista en el art. 23 LCT.
- Procede la indemnización por despido incausado, multas e incrementos previstos en la legislación laboral.

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