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Geddes, Diego Alejandro C/aerolineas Argentinas S.A. S/despido

El actor promovió demanda por despido contra la aerolínea. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo por considerar que el empleador no podía obligar al trabajador a jubilarse al cumplir los requisitos del régimen especial de jubilación para pilotos.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del actor. Fundamentos principales:
- El decreto 4257/68 establece un régimen especial de jubilación para pilotos de aerolíneas a partir de los 50 años de edad y 30 años de servicio, pero dicho régimen otorga una "opción" al trabajador, quien no está obligado a iniciar el trámite mientras acredite condiciones psicofísicas para continuar trabajando.
- La aerolínea intimó al actor a iniciar los trámites jubilatorios pese a que éste contaba con 55 años y 8 meses de edad y estaba en condiciones psicofísicas para continuar laborando, por lo que el actor ajustó a derecho su decisión de rescindir el contrato ante dicha intimación injustificada.
- Se confirmaron las indemnizaciones por despido y el agravamiento del art. 2 de la ley 25.323, así como los honorarios de la primera instancia.

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