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IMPUTADO: I. A. S.A. (CONTINUADORA DE I. S.PA. SUCURSAL ARGENTINA) Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.144 DENUNCIANTE: BANCO CENTRAL REPUBLICA ARGENTINA

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó el sobreseimiento de la firma I.A. S.A., V. L. C. y C. E. por la prescripción de la acción penal en una causa por infracciones a la ley cambiaria.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público
- Demandados: I.A. S.A., V. L. C. y C. E.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracciones a la ley cambiaria por no ingresar en término divisas relacionadas con diversas destinaciones aduaneras.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el sobreseimiento de los imputados por prescripción de la acción penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El a quo consideró que el plazo de prescripción de 6 años (art. 19 ley 19.539) se computaba desde la fecha de vencimiento para el ingreso de las divisas, y que dicho plazo se había cumplido.
- La Cámara analizó la cuestión del plazo razonable del proceso, considerando que la demora de más de 10 años desde la comisión de los hechos hasta la elevación a sede judicial afectó el derecho de defensa de los imputados.
- Si bien la Corte Suprema sostuvo que se debe tener en cuenta las fechas recalculadas por el BCRA con las ampliaciones de plazos posteriores, la Cámara consideró que corresponde aplicar el criterio más favorable al imputado, es decir, las fechas originales de vencimiento.
- Respecto a dos destinaciones, confirmó el sobreseimiento por violación al plazo razonable del proceso.

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