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IMPUTADO: B., A. J. s/INFRACCION LEY 24.144

Empresa exportadora condenada por omisión de ingreso e ingreso tardío de divisas. Cámara Penal Económica revoca la condena y absuelve al imputado por prescripción de la acción penal.

Exportacion Retroactividad de la ley penal mas benigna Regimen penal cambiario Prescripcion de la accion penal Ingreso y liquidacion de divisas


¿Quién es el actor?

Banco Central de la República Argentina

¿A quién se demanda?

A. J. B., en su carácter de presidente de la firma exportadora T. S.A.C.I.F.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Imputación por omisión del ingreso e ingreso tardío de divisas correspondientes a operaciones de exportación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Penal Económica revoca la sentencia y absuelve al imputado. Considera que las conductas imputadas han quedado despenalizadas por la aplicación retroactiva de la normativa más benigna y que la acción penal se encuentra prescripta. Los jueces analizan detalladamente la normativa aplicable, los plazos para el ingreso de divisas y los actos interruptivos de la prescripción, concluyendo que la última de las operaciones se encuentra prescripta, por lo que las anteriores también lo están.

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